poner a disposición de los Ayuntamientos adheridos el servicio jurídico de atención, asesoramiento, seguimiento y mediación en asuntos hipotecarios y de vivienda, mediante la asistencia letrada, con arreglo a las especificaciones que se detallan en el Pliego de Prescripciones Técnicas, conforme al artículo 17 de la LCSP 2017.