Concertación, conforme a la normativa vigente (Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales de 8 de noviembre y Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención), con una empresa especializada en prevención de riesgos laborales, de las disciplinas preventivas de: Higiene Industrial y Medicina del Trabajo y Vigilancia de la Salud. Se trata de las disciplinas no asumidas a través del Servicio de Prevención Propio del CIBERNED.
Asesoramiento técnico y legal en las especialidades asumidas por el Servicio de Prevención Propio del CIBERNED: Seguridad en el Trabajo y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Presencia en la sede de CIBERNED de un técnico, al menos un día a la semana. (8h/semana)