Asistencia al tomador del seguro, al asegurado o al beneficiario del seguro, a través de un corredor de seguros o correduría de seguros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.