Tramitación de expedientes de comunicaciones catastrales del artículo 14,letras“F” y “G”del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, así como a subsanación de estados de conservación erróneos, incorporación de omisiones sin licencia detectada y tratamiento de suministros de información de fedatarios públicos sobre alteraciones físicas reflejadas en el mapa de gestión