Colaboración en la tramitación de expedientes de comunicaciones catastrales del artículo 14, letras “f” y “g” del texto refundido de la Ley del Catastro, así como la subsanación de estados de conservación erróneos, incorporación de omisiones sin licencia y tratamiento de suministros de información de fedatarios públicos sobre alteraciones físicas, reflejados en el Mapa de Gestión