La contratación del servicio de Prevención de Riesgos Laborales Ajeno, de acuerdo con lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención , en las especialidades preventivas de:
- Seguridad en el trabajo
- Higiene Industrial
- Ergonomía y Psicosociología aplicada
- Medicina del Trabajo (vigilancia de la salud).
En los términos y condiciones establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.