La contratación, por parte de Prodetur M.P., S. A. U., de una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General que dé cobertura a la Responsabilidad Civil de Explotación, Responsabilidad Patrimonial, Responsabilidad Civil Profesional, Responsabilidad Civil Patronal, Responsabilidad Civil de Contratistas y Subcontratistas, Responsabilidad por Alimentos, R. Civil Ley 13/99, las cuales tienen la consideración de coberturas mínimas y una póliza de Seguro de Daños Materiales para la empresa que cubra las pérdidas o daños materiales del patrimonio de esta, como consecuencia de la ocurrencia de cualquiera de los riesgos amparados en el condicionado de la póliza.