El presente Acuerdo Marco establece las condiciones que se aplicarán durante el plazo de vigencia para la prestación sucesiva del servicio de toma de muestras y analíticas de agua de consumo humano y otras procedentes de procesos de depuración, con los parámetros y condiciones que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas , sin que el número total de unidades esté definido con exactitud al tiempo de celebrar el Acuerdo Marco por estar subordinadas a las necesidades del Consorcio MásMedio, y sin que los contratistas puedan exigir cantidades determinadas o importes mínimos como condición del servicio.