El objeto del contrato es la contratación de las pólizas de seguros privados (determinadas en el apartado 3 de este Cuadro Anexo) de asistencia al tomador del seguro, al asegurado o al beneficiario del seguro, a través de un corredor de seguros, correduría de seguros y/o compañía aseguradora, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto – Ley de 4 de febrero de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español 65 diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.